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Dirección / Dependencia
OFICINA DE CONTROL DE AREAS DE RESERVA DEL ESTADO - OCRET
Tipo de Documento
SUBTRAMITE
Título
PRORROGA DE ARRENDAMIENTO
Resumen
PRORROGA DE ARRENDAMIENTO
Fecha de Aprobación
27/02/2026
Requisitos
1. Presentar los planos en original.
2. Adjuntar el recibo del último pago de la renta.

Procedimiento
1. El usuario completa formulario y carga documentos requeridos en el sistema informático.   
2. El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe expediente en bandeja y revisa. 
    Si:  Sigue a paso 3. 
    No: Devuelve para correcciones y regresa a paso 1.
3. El usuario realiza el pago de inspección y carga boleta al sistema informático.
4. El Secretario General genera providencia en el sistema informático y valida con firma electrónica, posterior al pago de inspección realizado por el usuario.  
5. El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico recibe expediente en bandeja y designa al Profesional o Técnico de Campo por medio del sistema informático.
6. El Profesional o Técnico de Campo recibe expediente en bandeja, coordina, realiza inspección y elabora cédula de notificación de inspección ocular de campo.
7. El Profesional o Técnico de Campo verifica la información obtenida en campo, digitaliza y carga la cédula de notificación al sistema informático.
    Si: Sigue a paso 8.
    No: Solicita al usuario correcciones técnicas. 
8. El usuario carga correcciones técnicas en el sistema informático, según plazo establecido; de lo contrario, se archiva expediente.   
9. El Profesional o Técnico de Campo elabora dictamen técnico y carga en el sistema informático.
10. El Profesional del Departamento Técnico recibe expediente en bandeja, revisa dictamen técnico y correcciones cargadas por el usuario. 
     Si:  Sigue a paso 11. 
     No: Devuelve para correcciones.
11. El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico recibe expediente y gestiona a donde corresponda, según dictamen técnico. 
     a. En caso de requerir opinión institucional externa sigue a paso 12. 
     b. En caso de que no aplique opinión institucional externa, sigue a  paso 13.
12. El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe expediente en bandeja y gestiona opinión institucional a donde corresponda.
13. El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico recibe expediente en bandeja y designa mediante el sistema informático al Profesional o Técnico Jurídico.
14. El Profesional o Técnico Jurídico recibe dictamen técnico y expediente en bandeja y revisa. 
      Si:  Sigue a paso 16. 
      No: Solicita ampliación, modificación o aclaración de información a donde corresponda. 
15. El usuario carga documentos requeridos en el sistema informático, según plazo establecido; de lo contrario, se archiva expediente.
16. El Profesional o Técnico Jurídico recibe en bandeja información cargada previamente por el usuario, elabora dictamen jurídico y proyecto de resolución.
17. El Jefe del Departamento Jurídico recibe dictamen jurídico y proyecto de resolución en bandeja y revisa. 
      Si:  Sigue a paso 18. 
      No: Devuelve para correcciones.
18. El Jefe del Departamento Jurídico valida dictamen jurídico y proyecto de resolución en el sistema informático.
19. El Profesional o Técnico de Secretaría recibe expediente en bandeja y elabora resolución. 
20. El Secretario General recibe resolución en bandeja y revisa.
      Si: Sigue a paso 21.
      No: Devuelve para correcciones.
21. El Secretario General valida resolución en el sistema informático.
22. El Director recibe expediente en bandeja y revisa resolución.
      Si: Sigue a paso 23. 
      No: Devuelve con observaciones.
23. El Director autoriza la resolución con firma electrónica avanzada en el sistema informático. 
24. El Secretario General recibe resolución en bandeja y refrenda mediante firma electrónica avanzada en el sistema informático.
25. El Técnico en Notificación de Secretaría recibe resolución en bandeja, notifica al usuario y carga documentos (minuta, resolución, plano y guía para el notario). 
26. El usuario carga en el sistema informático la minuta, según plazo establecido; de lo contrario, se archiva el expediente. 
27. El Profesional o Técnico Jurídico recibe minuta en bandeja y revisa.
      Si: Sigue a paso 28.
      No: Devuelve con observaciones.
28. El Profesional o Técnico Jurídico notifica al usuario por medio del sistema informático.
29. El usuario presenta protocolo para firma y carga en el sistema informático copia simple legalizada de la escritura que contiene el contrato de arrendamiento, según plazo establecido; de lo contrario, se archiva expediente. 
30. El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos habilita el cobro de renta en el sistema informático y finaliza el trámite para el usuario.
31. El Profesional o Técnico de Secretaría elabora resolución que ordena archivar el expediente en el sistema informático, por lo siguiente:
     a. Cuando el usuario no cumple con el plazo establecido de la presentación de la copia simple   legalizada, dejando sin efecto la resolución anterior.
     b. Cuando el usuario no cumple con el plazo establecido de la presentación de la documentación solicitada por ampliación, corrección o aclaración de información.
32. El Secretario General recibe resolución en bandeja y revisa.
      Si: Sigue a paso 33.
      No: Devuelve para correcciones.
33. El Secretario General valida resolución en el sistema informático.
34. El Director recibe expediente en bandeja y revisa resolución.
      Si: Sigue a paso 35.
      No: Devuelve con observaciones.
35.	El Director autoriza la resolución con firma electrónica avanzada en el sistema informático.
36.	El Secretario General recibe resolución en bandeja, refrenda mediante firma electrónica avanzada y notifica al usuario por medio del sistema informático.

Costo del trámite
- Cobro fijo según Arancel Q. 5.00 + Q. 0.50 + Q. 0.00 = Q. 5.50
- Monto de Inspecciones Oculares (Arancel) = Variable según Departamento.
- Recibo de último pago renta = Variable según destino y dimensión del Inmueble, Art. 10 de la Ley y Art. 22 del Reglamento.

Tiempo del trámite
60 días

Normativa aplicable
- Decreto número 126-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala.
- Acuerdo Gubernativo número 432-2002 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala.
- Acuerdo Gubernativo número 390-2005 del Presidente de la República, Arancel General de la Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado.
- Acuerdo Gubernativo No. 151-2024, Reglamento de la ley reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala.