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TRÁMITE

PERMISO O PRORROGA DE PESCA COMERCIAL ARTESANAL Y DE PEQUENA ESCALA

Información general

Dirección o dependencia
DIRECCION DE NORMATIVIDAD DE LA PESCA Y ACUICULTURA
Tipo de documento
TRÁMITE - VISAR
Resumen
PERMISO O PRORROGA DE PESCA COMERCIAL ARTESANAL Y DE PEQUEÑA ESCALA

Fecha

Fecha de aprobación
02/03/2026

Información del trámite

Requisitos
1. Formulario proporcionado por el MAGA.
2. Copia simple Documento Personal de Identificación.
3. Copia simple del nombramiento del representante legal, (si aplica). 
4. Último recibo de pago de la Cuota por
Derecho de Acceso a la Pesca, (si aplica).
5. Copia simple del Certificado de Permiso de Pesca Artesanal por vencerse. (si aplica).
6. Copia simple de la matrícula de la embarcación (si aplica)
7. Copia simple de la licencia de navegación vigente de la embarcación (si aplica).
8. Copia simple de documento que lo acredita como propietario o contrato de arrendamiento de la embarcación. (si aplica).
9. Copia simple de la escritura constitutiva de la entidad solicitante inscrita en el registro respectivo (si aplica). 
10. Copia simple de la Patente de Comercio de la empresa o sociedad anónima. (si aplica).
11. Constancia en el Registro Tributario Unificado (si aplica).
12. Copia simple de la inscripción en el registro de la propiedad de la embarcación. (si aplica).
13. Documentos que demuestren su capacidad técnica y financiera.
14. Programa de actividades.
Procedimiento
1. El usuario completa formulario en el sistema informático, selecciona tipo de concesión (Artesanal Continental, Artesanal Marítimo, Pequeña Escala Continental o Pequeña Escala Marítima) y adjunta documentos requeridos.
2. El Asesor Jurídico recibe expediente en la bandeja y revisa documentos.
Si: Sigue a paso 3. 
No: Devuelve con observaciones y regresa a paso 1.
3. El Jefe de Departamento asigna al Técnico del Departamento para que realice visita técnica o inspección. (si aplica).
Si: Sigue a paso 4. 
No: Devuelve a usuario para subsanar.
4. El Técnico del Departamento emite informe técnico en el sistema informático. 
5. El Jefe de Departamento recibe informe en la bandeja y elabora Dictamen Técnico. 
6. El Asesor Jurídico recibe expediente con Dictamen Técnico en la bandeja, emite opinión jurídica y Resolución Administrativa. 
Si: Sigue a paso 6. 
No: Devuelve con observaciones y regresa a paso 4.
7. El Director valida Opinión Jurídica, dictamen técnico y Resolución Administrativa y notifica electrónicamente al usuario.
8. El Director valida el certificado generado en el sistema informático y notifica electrónicamente al usuario.
Costo del trámite
Sin costo
Tiempo del trámite
60 días
Normativa aplicable
- Decreto número 80-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Ley General de Pesca y Acuicultura. 
- Acuerdo Gubernativo número 223-2005 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuicultura.