×

Documentos

Detalles


Dirección / Dependencia
DIRECCION DE SANIDAD ANIMAL
Tipo de Documento
SUBTRAMITE
Título
REGISTRO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO DE FABRICANTE DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS Y PRODUCTOS AFINES
Resumen
REGISTRO SANITARIO DE FUNCIONAMIENTO DE FABRICANTE DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS Y PRODUCTOS AFINES
Fecha de Aprobación
16/03/2026
Requisitos
Requisitos:
a. Formulario proporcionado por el MAGA.
b. Ser mayor de edad.
c. Acreditar la representación legal, cuando aplique.
d. Acreditar la constitución de la persona jurídica, cuando aplique.
e. Acreditar que se cuenta con los servicios de un laboratorio de control de calidad del fabricante autorizado por la autoridad competente.

Documentos: 
a. Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI-, emitido por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, perteneciente al usuario o representante legal.
b. Copia simple del testimonio de la escritura constitutiva de la sociedad o asociación y de sus modificaciones, debidamente inscrita en el Registro Mercantil General de la República o del Registro que corresponda.
c. Copia simple del nombramiento del representante legal o mandato vigente, con su razón de inscripción registral, cuando aplique.
d. Copia simple de la patente de comercio de empresa y patente de comercio de sociedad cuando aplique.
e. Constancia de inscripción ante la SAT y actualizado el RTU.
f. Nombramiento del regente Médico Veterinario y/o Licenciado en Zootecnia, según sea el caso, emitido por el representante legal o propietario de la empresa.
g. Timbre Médico Veterinario y Zootecnista.
h. Dictamen favorable emitido por el IGSS.
i. Licencia ambiental o Dictamen favorable de acuerdo a la actividad por parte del MARN.
j. Dictamen favorable por parte del MINTRAB.
k. Los elaboradores de la región centroamericana deben presentar Manual de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM); fuera de la región centroamericana, presentar una certificación oficial, que haga constar el cumplimiento de Buenas Prácticas de Manufactura.
l. Carta emitida por el responsable que se cuenta con los servicios de un laboratorio de control de calidad del fabricante autorizado por la autoridad competente.

Procedimiento
1. El usuario presentará su solicitud ante la Dirección de Sanidad Animal del MAGA adjuntando, cuando corresponda, los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
2. El Departamento de Registro de Insumos Para Uso en Animales de la Dirección de Sanidad Animal del MAGA, verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo, en un plazo de dos (2) meses. 
3. En caso el usuario no cumpliere con alguno de los documentos solicitados, notificándole vía electrónica para que los subsane, en un plazo de un (1) mes.
4. Posteriormente, la Dirección de Sanidad Animal del MAGA resolverá la solicitud planteada en un plazo de un (1) mes, notificando al usuario la resolución y extendiendo el documento requerido, si fuere el caso.

Costo del trámite
No tiene costo

Tiempo del trámite
15 días

Normativa aplicable
- Decreto número 36-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Sanidad Vegetal y Animal. 
- Acuerdo Gubernativo número 745-99 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal.
- Acuerdo Ministerial número 390-2006 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Requisitos para el Registro de Personal Individuales y Jurídicas Interesadas en Realizar Actividades Vinculadas con Insumos para Uso en Animales y para el Registro, Renovación, Importación, Exportación y Retorno de Insumos para Animales.
- Reglamento Técnico Centroamericano 65.05.51:18 Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y Sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control.
- Resolución número 436-2020 (COMIECO-XCIII) del 10 de diciembre del 2020.