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Dirección / Dependencia
DIRECCION DE SANIDAD ANIMAL
Tipo de Documento
SUBTRAMITE
Título
COMPRA Y VENTA DE BIOLOGICOS DE USO EN ANIMALES BAJO CONTROL OFICIAL
Resumen
COMPRA Y VENTA DE BIOLOGICOS DE USO EN ANIMALES BAJO CONTROL OFICIAL
Fecha de Aprobación
17/03/2026
Requisitos
Requisitos:
a. Formularios proporcionados por el MAGA.
b. Contar con CUE vigente. 
c. Cumplir con las condiciones sanitarias establecidas por la autoridad competente del MAGA, cuando aplique.

Documentos:
a. Timbre Médico Veterinario y Zootecnista de acuerdo a la tarifa vigente, cuando aplique.
b. Formulario de constancia de aplicación de biológico, cuando aplique.
c. Copia simple de resultados de laboratorio (aplica para laboratorios no oficiales de MAGA), cuando aplique.
d. Constancia de aplicación de vacuna, cuando aplique.
e. Formulario de eliminación de frasco, cuando aplique.

Procedimiento
1. El usuario presentará su solicitud ante la autoridad competente del MAGA adjuntando, cuando corresponda, los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
2. La autoridad competente del MAGA, verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo, en un plazo de cinco (5) días hábiles. Dicho plazo podrá ampliarse por la autoridad competente en el caso que no se cuente con registro en el país, lo cual dependerá de las circunstancias específicas del caso.
3. Si el usuario no cumpliere con alguno de los requisitos y documentos solicitados, se le notificará vía electrónica para que los mismos sean subsanados, en un plazo de tres (3) días hábiles. Salvo que no cuenten con registro en el país, el plazo dependerá de las circunstancias específicas del caso.
4. Posteriormente, la autoridad competente resolverá la solicitud planteada, en un plazo de tres (3) días hábiles, notificando al usuario la resolución y extendiendo el documento requerido, si fuere el caso.

Costo del trámite
No tiene costo

Tiempo del trámite
15 días

Normativa aplicable
- Acuerdo Gubernativo número 576-84 del Congreso de la República de Guatemala, Reglamento de Control y Erradicación de La Brucelosis, La Tuberculosis y La Rabia en Animales Domésticos. 
- Acuerdo Ministerial número 224-2021 del Congreso de la República de Guatemala, Instrumento Técnico – Sanitario creado para el Programa de vacunación Temporal Emergente y Preventivo (profiláctico) en todo el territorio nacional contra la enfermedad denominada Influenza Aviar de Alta Patogenicidad H7N3 (IAAP+H7N3). 
- Acuerdo Ministerial número 1528-2003 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Disposiciones que regulan El Programa Nacional de Sanidad avícola -PROSA-.