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TRÁMITE

INGREDIENTE ACTIVO GRADO TECNICO Y POR EQUIVALENCIA

Información general

Dirección o dependencia
DIRECCION DE SANIDAD VEGETAL
Tipo de documento
TRÁMITE - VISAR
Resumen
INGREDIENTE ACTIVO GRADO TECNICO Y POR EQUIVALENCIA

Fecha

Fecha de aprobación
14/07/2026

Información del trámite

Requisitos
Requisitos para:
Registro de Ingrediente Activo Grado Técnico
1. Certificado de origen o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
2. Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del ingrediente activo grado técnico, emitido por el fabricante, donde se declare la concentración mínima del ingrediente activo grado técnico, expresado masa/masa.
Información técnica:
3. Identidad del Ingrediente Activo Grado Técnico.
4. Propiedades Físico- Químicas del Ingrediente Activo Grado Técnico.
5. Estudios de Toxicidad Aguda.
6. Estudios Toxicológicos Sub-crónicos: Estudios sub-crónicos de trece (13) a noventa (90) días de duración.
7. Estudios Toxicológicos Crónicos.
8. Estudios Ecotoxicológicos Agudos del ingrediente activo grado técnico.
9. Información con respecto a la seguridad.
10. Procedimientos para la destrucción y manejo del ingrediente activo grado técnico.
11. Información Médica Obligatoria y Complementaria.
12. Métodos Analíticos.
13. Información confidencial.
14. Perfil de Impurezas.
15. Resumen de la Vía de Síntesis del Ingrediente Activo Grado Técnico. Para cada proceso resultante en un ingrediente activo grado técnico.

Registro de Ingrediente Activo Grado Técnico por Equivalencia.
1. Certificado de origen o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
2. Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del ingrediente activo grado técnico, emitido por el fabricante, donde se declare la concentración mínima del ingrediente activo grado técnico, expresado masa/masa.
Información técnica:
1. Identidad del Ingrediente Activo Grado Técnico.
2. Propiedades Físico- Químicas del Ingrediente Activo Grado Técnico.
3. Estudios de Toxicidad Aguda.
4. Métodos Analíticos.
5. Información confidencial.
6. Perfil de Impurezas.
7. Resumen de la Vía de Síntesis del Ingrediente Activo Grado Técnico. Para cada proceso resultante en un ingrediente activo grado técnico.

Renovación de Registro
1. Certificado de origen o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
2. Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del ingrediente activo grado técnico, emitido por el fabricante, donde se declare la concentración mínima del ingrediente activo grado técnico, expresado masa/masa.

Rectificaciones Registrales
Parte Administrativa:
1. Recibo de pago.
Parte Técnica:
1. Artículo 57 literal a), b), c), d), e), f),g), h), e i) del Acuerdo Gubernativo numero
343-2010, Reglamento de la Ley de Registro de Productos Agroquímicos.

Endoso (Autorización de Uso) de Registro
1. Timbre del Ingeniero Agrónomo.
2. Carta de autorización por parte del Titular del Registro, firmada por el Representante Legal y el Regente, según Articulo 48, literal b), del Acuerdo Gubernativo número 343-2010.

Cesión de Registro
1. Cartas o documentos de cesión firmadas por los propietarios o representantes, legalizadas por notario. Carta de la empresa que CEDE y la carta de la empresa que ACEPTA los derechos del registro.
2. Boleta de pago.

Copia de Certificado Adicional de Registro
1. Boleta de pago por emisión de nuevo Certificado de Registro.

Cancelación de Registro
1. Carta de cancelación del registro con las firmas correspondientes.
2. Certificado Original de Registro del producto a cancelar.
Procedimiento
1.     El usuario presentará su solicitud ante la Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA adjuntando los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos;

2.     La Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA, verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo, en un plazo de seis (6) meses;

3.     En caso que el usuario no cumpliere con alguno de los documentos solicitados se le notificará para que los mismos sean subsanados, en un plazo de dos (2) días hábiles, notificándole vía electrónica para que los subsane;

4.     La Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA resolverá la solicitud planteada, notificará vía electrónica al usuario la resolución vía electrónica y extenderá el documento requerido en un plazo de quince (15) días, si fuere el caso.
Costo del trámite
Registro de Registro Ingrediente Activo Grado Técnico y por Equivalencia: No tiene costo

Renovación de Registro Ingrediente Activo Grado Técnico y por Equivalencia: No tiene costo

Rectificaciones Registrales: USD 3.75 

Endosos (Autorización de Uso) de Registro: No tiene costo

Cesión de Registro: USD 3.75

Copia de Certificado Adicional del Registro y Cancelación del registro: USD 3.75
Tiempo del trámite
7 meses
Normativa aplicable
- Decreto número 5-2010 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Registro de Productos Agroquímicos.  
- Acuerdo Gubernativo número 343-2010 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley de Registro de Productos Agroquímicos.  
- Acuerdo Ministerial número 137-2007 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Tarifas por Servicios que presta el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a través de la Unidad de Normas y Regulaciones.
- Acuerdo Gubernativo Número 53-2026 Requisitos, Documentos, Trámites Y Procedimientos Administrativos del Ministerio De Agricultura, Ganadería Y Alimentación.

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