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TRÁMITE

PERMISOS DE INOCUIDAD DE IMPORTACION PARA ALIMENTOS NO PROCESADOS DE ORIGEN ANIMAL, VEGETAL E HIDROBIOLOGICOS

Información general

Dirección o dependencia
DIRECCION DE INOCUIDAD
Tipo de documento
TRÁMITE - VISAR
Resumen
PERMISOS DE INOCUIDAD DE IMPORTACION PARA ALIMENTOS NO PROCESADOS DE ORIGEN ANIMAL, VEGETAL E HIDROBIOLOGICOS

Fecha

Fecha de aprobación
27/02/2026

Información del trámite

Requisitos
Requisitos:
a. Ser mayor de edad.
b. Formulario proporcionado por el MAGA.
c. Realizar el pago correspondiente.
d. Acreditar la representación legal, cuando aplique.
e. Acreditar la constitución de la persona jurídica, cuando aplique.

Documentos: 
a. Copia simple del Documento personal de identificación -DPI-, emitido por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, perteneciente al usuario o representante legal. 
b. Boleta de pago correspondiente.
c. Nombramiento del representante legal debidamente inscrito y vigente, cuando aplique. 
d. Patente de Sociedad, emitida por el Registro Mercantil General de la República de Guatemala, cuando aplique.
e. Factura comercial.
f. Certificado de origen del producto (del país de procedencia u origen).
g. Certificado sanitario de inocuidad (del país de procedencia u origen).
h. Conocimiento de embarque.

Otras disposiciones a considerar en la gestión del permiso de importación: 
1. El establecimiento importador deberá contar con Licencia Sanitaria de Funcionamiento extendida por la Dirección de Inocuidad del MAGA, vigente.
2. El establecimiento que desee exportar a Guatemala deberá encontrarse en la lista de establecimientos aprobados por la Dirección de Inocuidad del MAGA. 
3. Toda importación podrá ser muestreada acorde a las directrices del Codex Alimentarius cuando la Dirección de Inocuidad del MAGA lo considere necesario. 
4. Si el producto importado como materia prima proviene de un establecimiento que no esté aprobado por la Unión Europea se deberá garantizar por medio del sistema informático de control de trazabilidad de la Dirección de Inocuidad del MAGA, que el mismo no será exportado a la Unión Europea (Aplica para productos hidrobiológicos).
Procedimiento
1. El usuario presentará ante la Dirección de Inocuidad del MAGA, el formulario y demás requisitos, adjuntando los documentos que acrediten su solicitud, de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo Gubernativo.
2. La Dirección de Inocuidad del MAGA, procederá a la verificación y análisis de los requisitos y de la documentación adjunta, en un plazo de un (1) día hábil.
3. En caso el usuario no cumpliere con alguno de los documentos solicitados, notificándole vía electrónica para que los subsane, en un plazo de dos (2) días hábiles.
4. Posteriormente, la Dirección de Inocuidad del MAGA, resolverá la solicitud planteada en un plazo de tres (3) días hábiles, notificando al usuario la resolución y extendiendo el documento requerido, si fuere el caso.
Costo del trámite
USD 6.25
Tiempo del trámite
5 días
Normativa aplicable
- Decreto número 90-97 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas Código de Salud.
- Directrices CODEX ALIMENTARIUS aplicables.
- Acuerdo Gubernativo número 969-99 del Presidente de la República, Reglamento para la Inocuidad de los Alimentos. 
- Acuerdo Ministerial número 129-2020 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Manual de Normas y Procedimientos de la Dirección de Inocuidad.
- Acuerdo Ministerial número 137-2007 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Tarifas por Servicios que Presta el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a través de la Unidad de Normas y Regulaciones.
- Acuerdo Gubernativo Número 53-2026 Requisitos, Documentos, Trámites Y Procedimientos Administrativos del Ministerio De Agricultura, Ganadería Y Alimentación.

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