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Dirección / Dependencia
DIRECCION DE NORMATIVIDAD DE LA PESCA Y ACUICULTURA
Tipo de Documento
SUBTRAMITE
Título
CERTIFICADO DE PESCA RESPONSABLE (NO ALETEO)
Resumen
CERTIFICADO DE PESCA RESPONSABLE (NO ALETEO)
Fecha de Aprobación
03/03/2026
Requisitos
1. Formulario de Solicitud de Certificado de Pesca Responsable.
2. Formulario Inspección de Desembarque emitidos por la Autoridad de pesca (DIPESCA).

Procedimiento
1. El usuario completa formulario en el sistema informático y carga documentos requeridos.
2. El Técnico en Registro Nacional de la Pesca y Acuicultura recibe y verifica los documentos.      
    Si: Sigue a paso 3.      
    No: devuelve con observaciones y regresa a paso 1.
3. El Técnico en Registro Nacional de la Pesca y Acuicultura emite certificado.
4. El Encargado en Registro Nacional de la Pesca y Acuicultura valida en el sistema informático el certificado y notifica al usuario.

Costo del trámite
No tiene costo.

Tiempo del trámite
1 día

Normativa aplicable
- Artículo 150 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
- Artículo 10 y 22 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos -ODECA-.
- Resolución número cinco (SICA-OSPESCA), de fecha 24 de noviembre del año 2011, de los países integrantes del Sistema de Integración Centroamericana, se aprobó el Reglamento OSP-05-11 para prohibir la práctica del aleteo del tiburón en los países parte del SICA.
- Acuerdo Ministerial número 86-2012 mediante el cual se da a conocer la resolución número CINCO (SICA-OSPESCA) de los Países integrantes del Sistema de Integración Centroamericana y el Reglamento OSP-05-11 para prohibir la práctica del aleteo del tiburón en los países parte del SICA.