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TRÁMITE

LICENCIA, PERMISO O PRORROGA DE PESCA DEPORTIVA

Información general

Dirección o dependencia
DIRECCION DE NORMATIVIDAD DE LA PESCA Y ACUICULTURA
Tipo de documento
TRÁMITE - VISAR
Resumen
LICENCIA, PERMISO O PRORROGA DE PESCA DEPORTIVA

Fecha

Fecha de aprobación
03/03/2026

Información del trámite

Requisitos
1. Formulario proporcionado por el MAGA.
2. Copia del nombramiento del representante legal, (si aplica).
3. Copia de certificado del permiso de navegación extendido por la Capitanía de Puerto
4. Copia de la matrícula de la embarcación
5. Copia de documento de identificación del interesado o del representante legal.
Procedimiento
1. El usuario completa formulario y carga los documentos requeridos.
2. Asesoría Jurídica de la Dirección de Normatividad de la Pesca y Acuicultura verifica la documentación. 
    Si: Sigue a paso 3. 
    No: Devuelve con observaciones y regresa a paso 1.
3. El Jefe de Departamento de Pesca Marítima recibe en bandeja y asigna a Inspector para realizar la inspección. 
4. El Inspector realiza inspección. 
    Si: Emite informe técnico.   
    No: Se informa al usuario para subsanar.
5. El Jefe de Departamento de Pesca Maritima recibe en bandeja informe y emite dictamen técnico.
6. El Asesor Jurídico recibe en bandeja Dictamen Técnico y emite opinión jurídica, proyecto de Contrato Administrativo, Resolución y Acuerdo.
7. El Director de Normatividad de la Pesca y Acuicultura recibe en bandeja y valida la opinión jurídica y traslada a Asesoría Jurídica del MAGA.
8. Asesoría Jurídica del MAGA valida documentos y envía a Despacho Superior. 
9. Despacho Superior remite Resolución a Vicedespacho para firma. 
10. Vicedespacho remite Resolución a Administración General para notificación de usuario.
11. Despacho Superior remite acuerdo y contrato a Administración General para notificación de usuario y posterior publicación en el Diario de Centroamérica.
12. Administración General traslada documentos al Registro Nacional de Pesca y Acuicultura para la ficha técnica de la licencia.
13. El Usario carga la publicación del acuerdo y el contrato en el Diario de Centroamérica.
14. El Registro Nacional de Pesca y Acuicultura recibe en bandeja y elabora ficha técnica (Información dentro del contrato) y traslada al Director de Normatividad de la Pesca y Acuicultura.
15. El Director de Normatividad de la Pesca y Acuicultura recibe en bandeja, valida y notifica electrónicamente al concesionario.
Costo del trámite
No tiene costo.
Tiempo del trámite
60 días
Normativa aplicable
- Decreto número 80-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Ley General de Pesca y Acuicultura 
- Acuerdo Gubernativo número 223-2005 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuicultura

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