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Dirección / Dependencia
DIRECCION DE FITOZOOGENETICA Y RECURSOS NATIVOS
Tipo de Documento
SUBTRAMITE
Título
REGISTRO Y RENOVACION DE VARIEDADES VEGETALES COMERCIALES
Resumen
REGISTRO Y RENOVACION DE VARIEDADES VEGETALES COMERCIALES
Fecha de Aprobación
03/03/2026
Requisitos
Requisitos:
a. Formulario proporcionado por el MAGA.
b. Ser mayor de edad
c. Acreditar experiencia del fitomejorador responsable
d. Realizar el pago correspondiente. 

Documentos:
a. Curriculum Vitae del fitomejorador responsable.
b. Informe de origen y procedencia genética del nuevo cultivo.
c. Informe del historial del proceso de evaluación y selección del material.
d. Informe de los resultados de validación agronómica realizados.
e. Descriptor varietal morfológico, agronómico y genético.
f. Informe del evento de transformación, si el cultivo es genéticamente modificado, cuando aplique.
g. Boleta de pago correspondiente.
h. Copia simple de la licencia de registro de importador y/o exportador de semilla certificada.
i. Copia simple de la licencia el registro de productor de semilla certificada.
j. Informe de los resultados de validación agronómica realizados. 
k. Copia simple del nombramiento del representante legal o mandato vigente, con su razón de inscripción registral, cuando aplique.
l. Copia simple del Documento Personal de Identificación -DPI-, emitido por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, perteneciente al usuario o representante legal.
m. Copia simple de la patente de comercio de empresa y patente de comercio de sociedad, cuando aplique.

Procedimiento
1. El usuario presentará ante la Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA los requisitos, adjuntando los documentos que acrediten su solicitud.
2. La Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA procederá a la verificación y análisis de los requisitos y documentación adjunta, en un plazo de ciento cincuenta (150) días hábiles, para realizar las inspecciones de campo correspondientes a efecto de comprobar el desarrollo del cultivo. Si derivado de la verificación y análisis se determina que hay aspectos que deben ser subsanados se fijará un plazo de dos (2) días hábiles al usuario, notificándole vía electrónica para que los subsane.
3. La Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA, resolverá la solicitud planteada en un plazo de dos (2) días hábiles, notificará al usuario la resolución y extenderá el documento requerido, si fuere el caso.

Costo del trámite
USD 62.50

Tiempo del trámite
Registro: 150 días      
Renovación: 4 días

Normativa aplicable
- Decreto Ley de Reglamento del 12 de mayo de 1961 del Presidente de la República, Normas Reglamentarias para la Producción, Certificación y Comercialización de Semillas Agrícolas y Forestales.
- Reglamento del 19 de enero de 1962, del Presidente de la República, Reglamento de Condiciones y Requisitos Básicos para los Semilleristas, en base en el artículo 2° literal h) 
- Acuerdo Ministerial número 012-2010 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, los requisitos para obtener el registro de variedades vegetales de uso agrícola.
- Acuerdo Ministerial número 137-2007 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Tarifas por servicios que presta el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a través de la Unidad de Normas y Regulaciones. 
- Reglamento Técnico Centroamericano 65.05.34:06. Registro de Variedades Comerciales, requisitos de inscripción.