×

Documentos

Detalles


Dirección / Dependencia
DIRECCION DE FITOZOOGENETICA Y RECURSOS NATIVOS
Tipo de Documento
SUBTRAMITE
Título
AUTORIZACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE INSEMINACION ARTIFICIAL Y TRASPLANTES (TRANFERENCIA) DE EMBRIONES
Resumen
AUTORIZACION PARA EL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE INSEMINACION ARTIFICIAL Y TRASPLANTES (TRANFERENCIA) DE EMBRIONES
Fecha de Aprobación
03/03/2026
Requisitos
Requisitos:
a. Formulario proporcionado por el MAGA.
b. Ser mayor de edad.
c. Realizar el pago correspondiente.

Documentos:
a. Copia simple Documento Personal de Identificación -DPI- emitido por el Registro Nacional de las Personas -RENAP- perteneciente al usuario o representante legal.
b. Boleta de pago correspondiente, cuando aplique. 
c. Copia simple del testimonio de la escritura constitutiva de la sociedad o asociación y de sus modificaciones, debidamente inscrita en el Registro Mercantil General de la República o del Registro que corresponda.
d. Copia simple del nombramiento del representante legal o mandato vigente, con su razón de inscripción registral, cuando aplique. 
e. Copia simple de la patente de comercio de empresa y patente de comercio de sociedad, cuando aplique.
f. Planos originales del centro de inseminación artificial y trasplante de embriones.
g. Estudio original de Impacto Ambiental avalado por el MARN.

Procedimiento
1. El usuario presentará ante la Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA los requisitos, adjuntando los documentos que acrediten su solicitud.
2. La Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA verificará y analizará los documentos en un plazo de seis (6) días hábiles.  Si derivado de la verificación y análisis se determina que hay aspectos que deben ser subsanados se fijará un plazo de dos (2) días hábiles al usuario notificándole vía electrónica para que los subsane.
3. La Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA, procede a calendarizar la visita de campo en conjunto con la Dirección de Sanidad Animal y dependiendo del resultado si es positivo se continua con el proceso, de lo contrario se le notifica al usuario que implemente las observaciones de las instalaciones para proceder y finalizar el trámite.
4. La Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA, resolverá la solicitud planteada en un plazo de dos (2) días hábiles, notificando al usuario la resolución y extendiendo el documento requerido, si fuere el caso.

Costo del trámite
No tiene costo.

Tiempo del trámite
15 días

Normativa aplicable
- Decreto Ley número 461- 67, Reglamento para el Registro Genealógico de Ganado de Guatemala. 
- Acuerdo Gubernativo S/N, Registro Genealógico de Ganado Equino. 
- Acuerdo Gubernativo 10-79, Reglamento para la inscripción de ejemplares producto de trasplante de embriones en el registro Genealógico de ganado.
- Acuerdo Ministerial del 15 de febrero de 1980. Reglamento para el uso y manejo de sementales y material espermático destinados a la reproducción del ganado.