1. El usuario presentará su solicitud ante la Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA adjuntando, cuando corresponda, los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
2. La Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo en un plazo de doscientos setenta (270) días hábiles, para efecto de verificar y comprobar el desarrollo del cultivo según RTCA 65.06.01:18, y determinar que la especie no es nociva y cumplir con todos los exámenes de rigor. Si derivado de la verificación y análisis se determina que hay aspectos que deben ser subsanados se fijará un plazo de treinta (30) días hábiles al usuario, notificándole vía electrónica para que los subsane.
3. La Dirección de Fitozoogenética y Recursos Nativos del MAGA, resolverá la solicitud planteada luego de presentadas las descargas en un plazo de treinta (30) días hábiles, notificando al usuario la resolución y extendiendo el documento requerido, si fuere el caso.