1. El usuario presentará su solicitud ante la autoridad competente del MAGA adjuntando, cuando corresponda, los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
2. La autoridad competente del MAGA verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo, en un plazo de un (1) día hábil.
3. Si la evaluación de la solicitud o documentación adjunta, se determina que ésta se encuentra incompleta, insuficiente o defectuosa, se notificará al usuario, fijándole un plazo de dos (2) días hábiles, notificándole vía electrónica para que los subsane. En caso de no cumplir con lo anterior, se rechazará la solicitud, sin más trámite.
4. En caso de inacción en el trámite por más de treinta (30) días hábiles por parte del usuario, se archivará de oficio la gestión y deberá iniciar una nueva solicitud.
5. Cumplidos los requisitos, el MAGA, resolverá la solicitud planteada en un plazo de un (1) día hábil, notificando al usuario la resolución y extendiendo el documento requerido, si fuere el caso.