1. El usuario presentará su solicitud ante la Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA adjuntando, cuando corresponda, los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
2. La Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo en un plazo de cinco (5) días hábiles. Si derivado de la verificación y análisis se determina que hay aspectos que deben ser subsanados se fijará un plazo de dos (2) días hábiles al usuario, notificándole vía electrónica para que los subsane.
3. La Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA, realizará la supervisión del establecimiento que pretende dedicarse al tratamiento de embalaje de madera para utilizarlo en el comercio internacional y emitirá el dictamen técnico haciendo las observaciones de los hallazgos en un plazo de siete (7) días hábiles.
4. La Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA, resolverá la solicitud planteada, si es favorable extenderá el documento requerido en un plazo de tres (3) días hábiles, y notificará al usuario; si fuera desfavorable notificará al usuario en un plazo de dos (2) días hábiles, para que subsane los hallazgos indicados y se programe nueva supervisión.