Requisitos:
1.1. Parte administrativa:
a. Acreditar validación del producto registrado en el país de origen.
b. Acreditar documento para validar los componentes del insumo para uso agrícola.
c. Autorización del uso de la información del ingrediente activo grado técnico, emitido por la empresa titular.
1.2. Parte técnica:
a. Descripción general del producto formulado.
Documentos:
2.1. Parte administrativa:
a. Certificado de origen emitido por la autoridad nacional competente o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
b. Certificado de composición cualitativa-cuantitativa del producto agroquímico formulado, emitido por la empresa formuladora, donde se declare la concentración del (los) ingrediente (s) grado técnico expresado en porcentaje m/v, así como la lista de aditivos e inertes utilizados en la formulación que tengan relevancia toxicológica.
c. Etiqueta y panfleto, previo al registro de plaguicida químico formulado, los cuales deben de cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre la materia, cuando proceda.
d. Otorgamiento del registro a través de una carta de autorización y acceso del titular del registro de ingrediente activo grado técnico mediante carta de acceso.
2.2. Parte técnica:
a. Documento que acredite la información y descripción que va a tener el
producto incluyendo lo siguiente:
a.a. Propiedades físicas de la formulación relacionadas con su uso.
a.b. Datos sobre la aplicación.
a.c. Envases.
a.d. Datos sobre el manejo del producto.
a.e. Perfil toxicológico agudo.
a.f. Información con respecto a la seguridad.
En el caso que el titular del registro del Ingrediente Activo Grado Técnico desee desistir de la autorización dada, lo podrá hacer en cualquier momento, notificando a la ANC sobre el desistimiento.
La carta de acceso deberá contener lo siguiente:
1. Suscrita por el titular del registro en Guatemala.
2. Lugar y fecha.
3. Destinatario a la ANC.
4. Nombre de la empresa y titular del registro y de la información confidencial, técnica y administrativa.
5. Acreditación de la presentación legal de la entidad que otorga la autorización.
6. Dirección física o correo del titular del registro del ingrediente activo.
7. Nombre de la empresa que se le otorga el derecho.
8. Nombre de la Empresa Titular del ingrediente activo que será utilizado como base.
9. Detalle de la información a la cual se le dará acceso a ANC.
10. Alcances, restricciones y limitaciones que la ANC, para utilizar la información.
11. Formas de revocación de esta autorización.
12. Cuando la carta de acceso provenga del extranjero deberá contener pases de ley o apostilla según corresponda, y acompañar la traducción al idioma español cuando se encuentre en idioma distinto.