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TRÁMITE

REGISTRO DEL PROFESIONAL DELEGADO U OFICIALIZADO PARA REALIZAR ACTIVIDADES OFICIALES EN ESPECIES PECUARIAS

Información general

Dirección / Dependencia
DIRECCION DE SANIDAD ANIMAL
Tipo de documento
TRÁMITE - VISAR
Resumen
REGISTRO DEL PROFESIONAL DELEGADO U OFICIALIZADO PARA REALIZAR ACTIVIDADES OFICIALES EN ESPECIES PECUARIAS

Fecha

Fecha de aprobación
14/07/2026

Información del trámite

Requisitos
Requisitos:
a. Formulario proporcionado por el MAGA;
b. Contar con registro de persona dentro del SINART;
c. Evaluación escrita de conocimientos sanitarios según la especie de interés, aprobada por la Dirección de Sanidad Animal del MAGA;
d. Ser profesional colegiado activo del Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas de Guatemala.

Documentos:
a. Copia simple de constancia de colegiado activo;
b. Timbre Médico Veterinario y Zootecnista de acuerdo a la tarifa vigente, cuando aplique;
c. Fotografía tamaño cédula en formato JPG.
Procedimiento
1. El usuario presentará su solicitud ante el MAGA adjuntando, los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
2. El MAGA, verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo, en un plazo de cuatro (4) días hábiles. 
3. Posteriormente, el MAGA resolverá la solicitud planteada, en un plazo de un (1) día hábil, notificará al usuario vía electrónica la resolución y extenderá el documento requerido, si fuere el caso.
Costo del trámite
USD 12.50
Tiempo del trámite
5 días
Normativa aplicable
- Decreto número 36-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Sanidad Vegetal y Animal. 
- Decreto número 5-2005 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Timbre Médico Veterinario y Zootecnista. 
- Acuerdo Gubernativo número 745-99 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal.
- Acuerdo Ministerial número 1085-2004 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Requisitos para el Registro de Regentes Profesionales ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación
- Acuerdo Ministerial número 137-2007 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Tarifas por servicios que presta el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a través de la Unidad de Normas y Regulaciones.
- Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:18 para Medicamentos Veterinarios y productos afines. 
- Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.52:11 Productos Utilizados en Alimentación Animal y Establecimientos.
- Acuerdo Gubernativo Número 53-2026 Requisitos, Documentos, Trámites Y Procedimientos Administrativos del Ministerio De Agricultura, Ganadería Y Alimentación.