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TRÁMITE

PLAGUICIDAS INORGANICOS

Información general

Dirección / Dependencia
DIRECCION DE SANIDAD VEGETAL
Tipo de documento
TRÁMITE - VISAR
Resumen
PLAGUICIDAS INORGANICOS

Fecha

Fecha de aprobación
14/07/2026

Información del trámite

Requisitos
Requisitos para: 

Registro de Plaguicidas Inorgánicos
Parte Administrativa:
1. Formulario proporcionado por el MAGA, con el correspondiente timbre del Ingeniero. Agrónomo y firmado por el representante legal y regente.
2. Certificado de origen emitida por la autoridad nacional competente o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen. 
3. Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del Producto agroquímico formulado, emitido por la empresa formuladora, donde se declare el detalle de la concentración del ingrediente activo, expresado en porcentaje m/m o m/v, así como la lista de aditivos e inertes utilizados en la formulación según el estado físico del producto.
4. Hoja de datos de seguridad del producto.  
Parte Técnica:
1. Información de identidad, propiedades físicas y químicas del producto.
2. Descripción del producto formulado.
3. Propiedades físicas y químicas del producto formulado.
4. Perfil toxicológico agudo del producto formulado (Estudios de toxicología aguada).
5. Usos agronómicos de producto formulado.
6. Envases.
7. Información con respecto a la seguridad.

Endoso (autorización de uso) del Registro de Plaguicida Inorgánico 
1. Timbre del Ingeniero Agrónomo.
2. Carta de autorización por parte del Titular del Registro, con las especificaciones contenidas en el Acuerdo Gubernativo 255-2019, Articulo 31, numeral 2, incisos 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4.
3. Juego de arte de Etiqueta y del Panfleto cuando corresponda, de acuerdo a la normativa vigente.
4. Juego de arte de Etiqueta y del Panfleto aprobadas por el MAGA. (Opcional)

Modificación al Registro de Plaguicidas Inorgánicos 
Parte Técnica:
1. Artículo 30, literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k), l) y m) del Acuerdo Gubernativo número 255-2019, Reglamento para registro, renovación, endoso (autorización de uso), y cesión de registro de plaguicidas inorgánicos; los requisitos para su importación, exportación y retorno; así como el registro de personas individuales y jurídicas relacionadas a estos insumos, ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
2. Recibo de pago

Renovación de Registro de Plaguicida Inorgánico
1. Formulario proporcionado por el MAGA.
2. Certificado de Registro emitido de la ANC; o declaración extendida por el fabricando cuando no exista registro en el país de origen. Certificado de libre venta, cuando aplique.
3. Certificado de composición cualitativa y cuantitativa en original, emitido por el formulador, el cual contendrá el detalle a cerca de la concentración mínima del ingrediente activo expresado en porcentaje m/m o m/v, así como sus aditivos de formulación e inertes, según corresponda el estado físico del producto.
4. Certificado de las impurezas de metales pesados, cuando el producto sea de extracción mineral.
5. Hoja de datos de seguridad del producto.
6. Juego del arte de la etiqueta y el panfleto del plaguicida inorgánico, de conformidad con la normativa sobre la materia. 

Cesión de Registro de Plaguicidas Inorgánicos 
1. Timbre del Ingeniero Agrónomo. 
2. Cartas de cesión con firmas de los propietarios o representantes legales de las entidades involucradas en la cesión y aceptación de los derechos de registro.
3. Un arte de etiqueta y uno de panfletos (cuando corresponda) del insumo a ceder, con los cambios de la persona individual o jurídica que acepta la cesión; se exceptúa la presentación del panfleto según sea el tipo de insumo agrícola.

Copia de Certificado Adicional de Registro
1. Boleta de pago por emisión de nuevo Certificado de Registro.

Cancelación de Registro
1. Carta de cancelación del registro con las firmas correspondientes.
2. Certificado Original de Registro del producto a cancelar.
Procedimiento
1. El usuario presentará su solicitud ante la Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA adjuntando los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
2. La Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA, verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo, en un plazo de nueve (9) meses.
3. En caso el usuario no cumpliere con alguno de los documentos solicitados, se le notificará vía electrónica y se le fijará un plazo de dos (2) días hábiles para presentarlos.
4. La Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA resolverá la solicitud planteada, notificando al usuario vía electrónica la resolución y extendiendo el documento requerido en un plazo de quince (15) días hábiles, si fuere el caso.”
Costo del trámite
Registro de Plaguicida Inorgánicos: No tiene costo

Endoso (autorización de uso) del registro de plaguicida inorgánico: USD 3.75 

Modificación al Registro de Plaguicidas Inorgánicos: USD 3.75 

Renovación de Registro de Plaguicidas Inorgánicos: No tiene costo
 
Cesión de Registro de Plaguicidas Inorgánicos: No tiene costo
 
Copia de Certificado Adicional del Registro y Cancelación del registro: USD 3.75
Tiempo del trámite
Registro de Plaguicida Inorgánicos: 6 meses

Endoso (autorización de uso) del registro de plaguicida inorgánico: 6 días 

Modificación al Registro de Plaguicidas Inorgánicos: 10 meses 

Renovación de Registro de Plaguicidas Inorgánicos: 8 meses 

Cesión de Registro de Plaguicidas Inorgánicos: 5 meses 

Copia de Certificado Adicional del Registro y Cancelación del registro: 15 días
Normativa aplicable
- Acuerdo Gubernativo número 255-2019 del Presidente de la Republica, Reglamento para el registro, Renovación, Endosos (autorización de uso) y Cesión de registro de plaguicidas inorgánicos, los requisitos para su importación, exportación y retorno, así como el registro de personas individuales y jurídicas relacionadas a estos insumos ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
- Acuerdo Ministerial número 137-2007 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Tarifas por Servicios que presta el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a través de la Unidad de Normas y Regulaciones.
- Acuerdo Ministerial número 221-2011 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Programa de Uso y Manejo Seguro de Plaguicidas.
- Reglamento Técnico Centro Americano RTCA 65.05.67:18. Actualizado 10/08/2021 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos.
- Acuerdo Gubernativo Número 53-2026 Requisitos, Documentos, Trámites Y Procedimientos Administrativos del Ministerio De Agricultura, Ganadería Y Alimentación.