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TRÁMITE

PRODUCTOS AGROQUIMICOS

Información general

Dirección / Dependencia
DIRECCION DE SANIDAD VEGETAL
Tipo de documento
TRÁMITE - VISAR
Resumen
PRODUCTOS AGROQUIMICOS

Fecha

Fecha de aprobación
14/07/2026

Información del trámite

Requisitos
Requisitos para: 

Registro de Productos Formulados
Parte Administrativa:
1. Solicitud de Registro de Productos Formulados.
2. Certificado de origen emitida por la autoridad nacional competente o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
3. Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del Producto agroquímico formulado, emitido por la empresa formuladora, donde se declare la concentración del (los) ingrediente (s) grado técnico, expresado en porcentaje m/m o m/v, así como la lista de aditivos e inertes utilizados en la formulación que tengan relevancia toxicológica. 
4. Etiqueta y panfleto, previo al registro del plaguicida químico formulado, los cuales deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre la materia. (cuando proceda).
Parte Técnica:
1. Descripción general del producto formulado.  
2. Propiedades físicas de la formulación relacionadas con su uso.
3. Datos sobre la aplicación.
4. Envases.
5. Datos sobre el manejo del producto.
6. Perfil toxicológico agudo.
7. Información con respecto a la seguridad.

Registro de Productos Formulados (Carta de Acceso)
Parte Administrativa:
1. Solicitud de Registro de Productos Formulados (Carta de Acceso).
2. Certificado de origen emitida por la autoridad nacional competente o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
3. Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del Producto agroquímico formulado, emitido por la empresa formuladora, donde se declare la concentración del (los) ingrediente (s) grado técnico, expresado en porcentaje m/m o m/v, así como la lista de aditivos e inertes utilizados en la formulación que tengan relevancia toxicológica. 
4. Etiqueta y panfleto, previo al registro del plaguicida químico formulado, los cuales deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre la materia. (cuando proceda)
5. Otorgamiento del registro a través de una Carta de autorización y acceso del titular del registro Ingrediente Activo Grado Técnico. (Carta de Acceso).
Parte Técnica:
1. Descripción general del producto formulado.  
2. Propiedades físicas de la formulación relacionadas con su uso.
3. Datos sobre la aplicación.
4. Envases.
5. Datos sobre el manejo del producto.
6. Perfil toxicológico agudo.
7. Información con respecto a la seguridad.

Renovación de Registro
Parte Administrativa:
1. Solicitud de Renovación de Registro de Productos Formulados.
2. Certificado de origen emitida por la autoridad nacional competente o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
3. Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del Producto agroquímico formulado, emitido por la empresa formuladora, donde se declare la concentración del (los) ingrediente (s) grado técnico, expresado en porcentaje m/m o m/v, así como la lista de aditivos e inertes utilizados en la formulación que tengan relevancia toxicológica. 
4. Etiqueta y panfleto, previo al registro del plaguicida químico formulado, los cuales deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre la materia. (cuando proceda).

Renovación de Registro (Carta de Acceso)
Parte Administrativa:
1. Solicitud de Renovación de Registro de Productos Formulados (Carta de Acceso).
2. Certificado de origen emitida por la autoridad nacional competente o declaración extendida por el fabricante cuando no exista registro en el país de origen.
3. Certificado de composición Cualitativa-Cuantitativa del Producto agroquímico formulado, emitido por la empresa formuladora, donde se declare la concentración del (los) ingrediente (s) grado técnico, expresado en porcentaje m/m o m/v, así como la lista de aditivos e inertes utilizados en la formulación que tengan relevancia toxicológica. 
4. Etiqueta y panfleto, previo al registro del plaguicida químico formulado, los cuales deben cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre la materia. (cuando proceda).
5. Otorgamiento del registro a través de una Carta de autorización y acceso del titular del registro Ingrediente Activo Grado Técnico. (Carta de Acceso).

Rectificaciones Registrales
Parte Administrativa:
1. Solicitud de rectificación de registro de producto formulado.
Parte Técnica:
1. Artículo 57 literales a), b), c), d), e), f), g), h), e i) del Acuerdo Gubernativo número 343-2010, Reglamento de la Ley de Productos Agroquímicos. 
2. Recibo de pago.

Endoso (Autorización de Uso) de Registro
1. Timbre del Ingeniero Agrónomo.
2. Carta de autorización por parte del Titular del Registro, firmada por el Representante Legal y el Regente, según Articulo 48, literal b), del Acuerdo Gubernativo número 343-2010.
3. Juego de arte de etiqueta y del panfleto cuando corresponda, de acuerdo con la normativa vigente.

Cesión de Registro
1. Timbre del Ingeniero Agrónomo.
2. Cartas o documentos de cesión firmadas por los propietarios o representantes, legalizadas por notario.  Carta de la empresa que CEDE y la carta de la empresa que ACEPTA los derechos del registro.
3. Juego de arte de etiqueta y panfleto de la empresa que CEDE en la cesión.
4. Juego de arte de etiqueta y panfleto de la empresa que ACEPTA la cesión.
5. Boleta de pago.

Certificado de Productos Agroquímicos con Fines de Exportación
1. Timbre del Ingeniero Agrónomo.
2. Certificado de composición cualitativa-cuantitativa.

Copia de Certificado Adicional de Registro
1. Boleta de pago por emisión de nuevo Certificado de Registro.

Cancelación de Registro
1. Carta de cancelación del registro con las firmas correspondientes.
2. Certificado Original de Registro del producto a cancelar.
Procedimiento
1. El usuario presentará su solicitud ante la Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA adjuntando, los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
2. La Dirección de Sanidad Vegetal del MAGA, verificará el cumplimiento de requisitos de forma y fondo, en un plazo de nueve (9) meses.
3. En caso el usuario no cumpliere con alguno de los documentos solicitados, se le notificará vía electrónica y se le fijará un plazo de dos (2) días hábiles para presentarlos.
4. La Dirección de Sanidad Vegetal resolverá la solicitud planteada, notificando al usuario vía electrónica la resolución y extendiendo el documento requerido en un plazo de un (1) mes, si fuere el caso.”
Costo del trámite
Registro de Productos Formulados y Registro de Productos Formulados (Carta de Acceso): No tiene costo

Renovación de Registro y Renovación de Registro (Carta de Acceso): No tiene costo

Rectificaciones Registrales: USD 3.75 

Endosos (Autorización de Uso) de Registro: No tiene costo

Cesión de Registro: USD 3.75

Certificado de Productos Agroquímicos con Fines de Exportación: No tiene costo

Copia de Certificado Adicional del Registro y Cancelación del registro: USD 3.75
Tiempo del trámite
Registro de Productos Formulados y Registro de Productos Formulados (Carta de Acceso): 6 meses

Renovación de Registro y Renovación de Registro (Carta de Acceso): 6 meses 

Rectificaciones Registrales: 6 meses 

Endosos (Autorización de Uso) de Registro: 6 días

Cesión de Registro: 5 meses

Certificado de Productos Agroquímicos con Fines de Exportación: 1 día

Copia de Certificado Adicional del Registro y Cancelación del registro: 15 días
Normativa aplicable
- Acuerdo Gubernativo número 343-2010 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley de Registro de Productos Agroquímicos.
- Decreto número 5-2010 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Registro de Productos Agroquímicos.  
- Acuerdo Ministerial número 137-2007 del Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Tarifas por Servicios que presta el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, a través de la Unidad de Normas y Regulaciones.
- Reglamento Técnico Centro Americano RTCA 65.05.67:18. Actualizado 10/08/2021 Insumos Agrícolas. Ingrediente Activo Grado Técnico, Plaguicidas Químicos Formulados, Sustancias Afines, Coadyuvantes y Vehículos Físicos de Uso Agrícola. Requisitos para la Elaboración de Etiquetas y Panfletos.
- Acuerdo Gubernativo Número 53-2026 Requisitos, Documentos, Trámites Y Procedimientos Administrativos del Ministerio De Agricultura, Ganadería Y Alimentación.

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