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Dirección / Dependencia
DIRECCION DE NORMATIVIDAD DE LA PESCA Y ACUICULTURA
Tipo de Documento
SUBTRAMITE
Título
PERMISO O PRORROGA DE PERMISO DE PESCA COMERCIAL ARTESANAL Y DE PEQUENA ESCALA
Resumen
PERMISO O PRORROGA DE PERMISO DE PESCA COMERCIAL ARTESANAL Y DE PEQUEÑA ESCALA
Fecha de Aprobación
02/03/2026
Requisitos
1. Formulario completo de solicitud.
2. Fotocopia Documento Personal de Identificación.
3. Fotocopia del nombramiento del representante legal, si procede.  
4. Último recibo de pago de la Cuota por Derecho de Acceso a la Pesca, si procede.
5. Copia del Certificado de Permiso de Pesca Artesanal por vencerse.
6. Certificación de la matrícula y licencia de navegación vigente de la embarcación extendida por la Capitanía de Puerto respectiva.
7. Fotocopia de documento que lo acredita como propietario o contrato de arrendamiento de la embarcación.
8. Fotocopia legalizada de la escritura constitutiva de la entidad solicitante inscrita en el registro respectivo (si aplica).
9. Fotocopia legalizada de la Patente de Comercio de la empresa o sociedad anónima.
10. Fotocopia legalizada del nombramiento del representante legal (si aplica).
11. Constancia en el Registro Tributario Unificado (si aplica).
12. Fotocopia de la inscripción en el registro de la propiedad de la embarcación.

Procedimiento
1. El usuario completa formulario en el sistema informático, selecciona tipo de concesión (Artesanal Continental, Artesanal Marítimo, Pequeña Escala Continental o Pequeña Escala Marítima) y adjunta documentos requeridos.
2. El Encargado de Departamento recibe a documentación en bandeja y revisa.
    Si: asigna a técnico para visita técnica e inspección y sigue a paso 3.
    No: Devuelve con observaciones al usuario.
3. El Técnico del Departamento programa y realiza visita técnica o inspección según corresponda. 
    Si: Sigue a paso 4.
    No: Se informa al usuario para subsanar.
4. El Técnico del Departamento emite informe técnico en el sistema informático. 
5. El Encargado de Departamento recibe informe en bandeja y elabora Dictamen Técnico.
    Si: Sigue a paso 6.
    No: Se notifica al usuario.
6. El asesor jurídico recibe expediente en bandeja y revisa Dictamen Técnico.
    Si: Sigue a paso 7.
    No: Devuelve con observaciones y regresa a paso 5.
7. El Asesor Jurídico emite Opinión jurídica.
8. El Encargado de Departamento recibe en bandeja Dictamen Jurídico y genera el Certificado correspondiente.
9. El Director valida el Certificado generado y notifica al usuario en el sistema informático.

Costo del trámite
Sin costo

Tiempo del trámite
60 días

Normativa aplicable
- Decreto número 80-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Ley General de Pesca y Acuicultura. 
- Acuerdo Gubernativo número 223-2005 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley General de Pesca y Acuicultura.