Requisitos:
a. Realizar el pago correspondiente.
b. Formulario que ponga a disposición el MAGA.
Documentos:
a. Muestra previamente preparada y remitida por el solicitante del diagnóstico fitosanitario.
b. Boleta de pago correspondiente. Quedando exentas del pago de la tarifa, las muestras con fines oficiales para la actualización del inventario de plagas o requerimiento de peritaje.
El usuario que solicite el servicio de Diagnóstico Fitosanitario debe entregar la muestra en la recepción del Laboratorio de Diagnóstico Fitosanitario, conforme a los requerimientos técnicos siguientes:
1. Identificación de la muestra: utilizando rotulación, con información suficiente y claramente legible y que debe ser congruente con la información descrita en el formulario de solicitud enviado o presentado.
2. Integridad de la muestra: que permita que el material de transporte y manejo asegure las condiciones adecuadas de preservación para evitar su deterioro.
3. Cantidad de la muestra: cantidad mínima de la muestra, suficiente para realizar el diagnóstico fitosanitario solicitado. Excepto cuando la misma sea producto del proceso de interceptación de plagas.
4. Representatividad de la muestra: que la información proporcionada por el usuario refleje la condición prevaleciente del lugar, sitio de producción o empaque, o acorde al tamaño del envío, donde fue tomada la misma.
5. Tipo de muestra: material remitido que está acorde al tipo de diagnóstico que se solicita.
De no cumplirse una o varias de las características, la muestra no será aceptada para su ingreso al Laboratorio y se hará del conocimiento del usuario, para que se proceda al cumplimiento de lo indicado en este artículo y pueda ser admitida.