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Vedas 2015 para Pesca



Título Resumen Acciones
Acuerdo Ministerial No. 17-2015 Declara época de veda temporal para la captura de Langosta del Caribe (Panulirus argus), en todos sus tipos de pesquería, en el área geográfica descrita en el artículo 3 del presente acuerdo
Acuerdo Ministerial No. 0093-2010 Declara época de veda temporal para la captura de las especies de pepino de mar (HOLOTHUROIDEOS y STICHOPOIDEOS); en las fechas y zonas que se describen en los siguientes artículos
Acuerdo Ministerial No. 154-2015 Declara veda temporal y establecimiento de tallas mínimas para la captura de las especies objetivo de la Bahía de Amarique, Bahía de Santo Tomás de Castilla, Río Dulce, Desembocadura de Río Dulce, Río Sarstún y Desembocadura del Río Sarstún, Bahía La Graciosa, Bahía Santa Isabel, Canal Inglés, Zona Marítima Expuesta de Punta de Manabique, Mar Caribe-Océano Atlántico-, Lago de Izabal y Golfete, en las fechas que se describen en los siguientes artículos
Acuerdo Ministerial No. 175-2015 Acuérdase las especies objetivos para la implementación de este período de veda son todas las especies de peces pertenecientes a la familia SCARIDAE (Peces Loro)
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