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TRÁMITE

SOLICITUD DE ARRENDAMIENTO

Información general

Dirección o dependencia
OFICINA DE CONTROL DE AREAS DE RESERVA DEL ESTADO - OCRET
Tipo de documento
TRÁMITE - MAGA CENTRAL
Resumen
SOLICITUD DE ARRENDAMIENTO

Fecha

Fecha de aprobación
26/02/2026

Información del trámite

Requisitos
PERSONA INDIVIDUAL
1. Formulario proporcionado por el MAGA;
2. Copia del Documento Personal de Identificación o en el caso de extranjeros el pasaporte del solicitante;
3. Copia del Documento Personal de Identificación del fiador;
4. Copia del testimonio de la Escritura Pública o documento municipal, con el cual acredite el justo título de la posesión;
5. Plano de ubicación firmado, timbrado y sellado por Ingeniero Civil, Agrónomo, Arquitecto o carreras afines, colegiado activo, cumpliendo con las normas establecidas para su elaboración;
6. Plano de localización firmado, timbrado y sellado por Ingeniero Civil, Agrónomo, Arquitecto o carreras afines, con las normas correspondientes para los mismos, deberá indicar la ubicación espacial del inmueble con sus coordenadas GTM;
7. Perfil técnico y económico el cual deberá elaborarse de conformidad con el Artículo 6, numeral romano I, inciso c) de la Ley y 17 de este Reglamento, para los fines agrícolas, ganaderos, avícolas, piscícolas, explotación de salinas e hidrobiológicos en general, así como de investigación científica;
8. Recibo de pago de la inspección de campo por los trámites administrativos.

PERSONA JURÍDICA
1. Formulario proporcionado por el MAGA;
2. Copia del Documento Personal de Identificación o en el caso de extranjeros pasaporte del Representante Legal; 
3. Copia del Documento Personal de Identificación del fiador;
4. Copia del Acta de nombramiento del Representante Legal y su razón de inscripción en el registro correspondiente, debidamente verificable, según el tipo de entidad;
5. Certificación del punto de Acta donde la entidad autoriza al Representante Legal a realizar el trámite que corresponda ante “OCRET”, indicando la ubicación del terreno a solicitar, así como su medida en metros cuadrados, según corresponda el tipo de entidad;
6. Copia de la Escritura Pública de Constitución de la entidad que corresponda y las modificaciones con las que cuente;
7. Copia de la patente de comercio de Empresa, debidamente verificable, cuando aplique por el tipo de entidad;
8. Copia de la patente de la Sociedad, debidamente verificable, cuando aplique por el tipo de entidad;
9. Copia del testimonio de la Escritura Pública o documento municipal, con el cual acredite el justo título de la posesión;
10. Plano de ubicación firmado, timbrado y sellado por Ingeniero Civil, Agrónomo, Arquitecto o carreras afines, cumpliendo con las normas establecidas para su elaboración; 
11. Plano de localización firmado, timbrado y sellado por Ingeniero Civil, Agrónomo, Arquitecto o carreras afines, con las normas correspondientes para los mismos, deberá indicar la ubicación espacial del inmueble con sus coordenadas GTM;
12. Perfil técnico y económico el cual deberá elaborarse de conformidad con el Artículo 6, numeral romano I, inciso c) de la Ley y 17 de este Reglamento, para los fines agrícolas, ganaderos, avícolas, piscícolas, explotación de salinas e hidrobiológicos en general, así como de investigación científica;
13. Recibo de pago de la inspección de campo por los trámites administrativos.

La presentación de requisitos relacionados a otros tipos de personas jurídicas y sus representantes legales quedan supeditados a la naturaleza y legislación propia de cada una de ellas.

INSTITUCIONES DEL SECTOR PUBLICO
1. Los requisitos que le sean aplicables Persona Jurídica;
2. Copia de nombramiento y toma de posesión;
3. Acreditación del compromiso multianual, en caso tuviera contrapartida;
4. Dictámenes de las áreas técnicas y jurídicas de la entidad;
5. Convenio o documento que respalde la obligación de la máxima autoridad administrativa de la entidad, para el efecto la “OCRET” llevará el registro por entidad con desglose de cada área otorgada en arrendamiento a sus dependencias.

REQUISITOS PARA ENTREGAR PERFIL TECNICO Y ECONOMICO
1. Identificación del tipo de producto (agrícolas, ganaderos, avícolas, piscícolas, explotación de salinas e hidrobiológicos en general, así como de investigación científica); 
2. Detalle y características de la vocación del suelo; 
3. Desglose de la inversión inicial;
4. Detalle de los costos;
5. Fuentes de Financiamiento y los planes de manejo correspondientes.
6. El perfil técnico y económico deberá ser elaborado por un Ingeniero Agrónomo o carrera afín que sea profesional colegiado activo, con especialidad en lo siguiente: sistemas productivos agrícolas, ganaderos, avícolas, piscícolas, explotación de salinas e hidrobiológicos en general, así como de investigación científica, según sea el caso.
Procedimiento
1.    El usuario completa formulario y carga documentos requeridos en el sistema informático.   
2.    El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe solicitud en bandeja y revisa. 
       Si: Sigue paso 3. 
       No: Devuelve para correcciones y regresa a paso 1.
3.    El usuario realiza el pago de inspección y carga boleta en el sistema informático.
4.    El Secretario General genera providencia y valida con firma electrónica en el sistema informático. 
5.    El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico recibe expediente en bandeja y revisa.
6.    El Profesional o Técnico de Campo recibe expediente en bandeja, coordina, realiza inspección y elabora cédula de notificación de inspección ocular de campo.
7.    El Profesional o Técnico de Campo digitaliza y verifica la información obtenida en campo y carga cédula de notificación en el sistema informático.
       Si: Sigue paso 9.
       No: Solicita al usuario corrección técnica y sigue a paso 8.
8.    El usuario carga documentos requeridos en el sistema informático, según plazo establecido; de lo contrario, se archiva expediente.
9.    El Profesional del Departamento Técnico revisa y analiza dictamen técnico. 
       Si: Sigue paso 10. 
       No: Devuelve para correcciones y regresa a paso 7.
10.    El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Técnico recibe en dictamen técnico en bandeja y traslada a donde corresponda, según dictamen.
       a.    En caso de requerir opinión institucional externa sigue a paso 11. 
       b.    En caso de que no aplique sigue a paso 12.
11.  El Técnico en Servicios Administrativos de Secretaría recibe expediente en bandeja, realiza consulta a donde corresponda y sigue a paso 12.
12.  El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento Jurídico recibe expediente en bandeja y traslada mediante el sistema informático a bandeja del Profesional o Técnico Jurídico.
13.  El Profesional o Técnico Jurídico recibe expediente en bandeja y revisa.
       Si: Sigue a paso 15. 
       No: Solicita ampliación, modificación o aclaración del dictamen técnico y regresa a paso 9 o solicita ampliación, corrección o aclaración de información del expediente (información legal) y sigue a               paso 14. El usuario carga documentos requeridos en el sistema informático, según plazo establecido; de lo contrario, se archiva expediente.
15.  El Profesional o Técnico Jurídico elabora dictamen jurídico y proyecto de resolución en el sistema informático.
16.  El Jefe del Departamento Jurídico recibe dictamen jurídico y proyecto de resolución en bandeja y revisa. 
       Si: Sigue a paso 17. 
       No: Devuelve para correcciones y regresa a paso 15.
17.  El Jefe del Departamento Jurídico valida dictamen jurídico y proyecto de resolución en el sistema informático.
18.  El Profesional o Técnico de Secretaría recibe expediente en bandeja y elabora resolución. 
19. El Secretario General recibe resolución en bandeja y revisa.
     Si: Sigue a paso 20.
     No: Devuelve para correcciones a paso.
20. El Secretario General valida resolución en el sistema informático.
21. El Director recibe expediente en bandeja y revisa resolución.
      Si: Sigue a paso 22. 
      No: Devuelve con observaciones a paso 20.
22. El Director autoriza resolución con firma electrónica avanzada en el sistema informático.
23. El Secretario General recibe resolución en bandeja y refrenda mediante firma electrónica avanzada en el sistema informático.
24. El Técnico en Notificación de Secretaría recibe resolución en bandeja, notifica al solicitante y carga documentos correspondientes en el sistema informático (copia de minuta, copia de resolución, copia del plano y guía para el notario). 
25. El usuario carga en el sistema informático la minuta, según plazo establecido; de lo contrario, se archiva expediente.
26. El Profesional o Técnico Jurídico recibe minuta en bandeja y revisa.
     Si: Notifica al usuario y sigue a paso 27.
     No: Devuelve con observaciones y regresa a paso 25.
27. El usuario presenta protocolo para firma y carga en el sistema informático copia simple legalizada de la escritura que contiene el contrato de arrendamiento, según plazo establecido; de lo contrario,  se archiva expediente. 
28. El Técnico en Servicios Administrativos del Departamento de Recaudación y de Control de Pagos habilita el cobro de renta y finaliza el trámite para el usuario.
29. El Profesional o Técnico de Secretaría elabora resolución que ordena archivar el expediente: 
     a.    Cuando el usuario no cumple con el plazo establecido de la presentación de la copia simple legalizada, dejando sin efecto la resolución anterior.
     b.    Cuando el usuario no cumple con el plazo establecido de la presentación de la documentación solicitada por ampliación, corrección o aclaración de información.
30. El Secretario General recibe resolución en bandeja y revisa.
      Si: Sigue a paso 31.
      No: Devuelve para correcciones a paso 29.
31. El Secretario General valida resolución en el sistema informático.
32. El Director recibe expediente en bandeja y revisa resolución.
      Si: Sigue paso 33.
      No: Devuelve con observaciones a paso 31.
33. El Director autoriza resolución con firma electrónica avanzada en el sistema informático.
34. El Secretario General recibe resolución en bandeja, refrenda mediante firma electrónica avanzada y notifica al usuario por medio del sistema informático.
Costo del trámite
- Cobro fijo según Arancel Q. 5.00 + Q. 0.50 + Q. 5.00 = Q. 10.50
- Monto de Inspecciones Oculares (Arancel) = Variable según Departamento, Art. 4 del Arancel General de la Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado –OCRET-.
- Monto de Cobro de Arrendamiento = Variable según destino y dimensión del Inmueble, Art. 10 de la Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala.
Tiempo del trámite
60 días
Normativa aplicable
1. Decreto número 126-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala.
2. Acuerdo Gubernativo número 151-2024 del Presidente de la República, Reglamento de la Ley Reguladora de las Áreas de Reservas Territoriales del Estado de Guatemala.
3. Acuerdo Gubernativo número 390-2005 del Presidente de la República, Arancel General de la Oficina de Control de Áreas de Reserva del Estado y su reforma Acuerdo Gubernativo nùmero 524-2006.

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