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Bienvenido al portal de tramites rediseñados del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Aquí podrá conocerlos y dar sus observaciones, las cuales podrá realizar presionando en botón amarillo en cada trámite habilitado para este propósito.
Año de Publicación Fecha de Publicación Dirección / Dependencia Título Resumen Comentarios
2022 13/06/2022 DIRECCION DE SANIDAD ANIMAL SOLICITUD DE CONSTANCIA ZOOSANITARIA LA PRESENTE INFORMACION ES PUESTA A LA DISPOSICION DE LOS USUARIOS PARA QUE PUEDAN REALIZAR OBSERVACIONES SOBRE LA MODIFICACION DEL NUEVO PROCEDIMIENTO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 10 DE LA LEY PARA LA SIMPLIFICACION DE REQUISITOS Y TRAMITES ADMINISTRATIVOS, DECRETO 5-2021 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
2022 13/06/2022 DIRECCION DE SANIDAD VEGETAL REGISTRO DE INGREDIENTES ACTIVOS GRADO TECNICO EL PRESENTE REGISTRO TIENE POR OBJETO LA MODIFICACION DE PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE PROCEDIMIENTO DE REGISTRO ACTIVO GRADO TECNICO.
2022 13/06/2022 DIRECCION DE FITOZOOGENETICA Y RECURSOS NATIVOS RENOVACION DE CERTIFICADO DE REGISTRO DE OPERADOR ORGANICO. RENOVACION DE CERTIFICADO DE REGISTRO DE OPERADOR ORGANICO, SEGUN REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.06.74:16, PRODUCTOS AGROPECUARIOS ORGANICOS. REQUISITOS PARA LA PRODUCCION, EL PROCESAMIENTO, LA COMERCIALIZACION, LA CERTIFICACION Y EL ETIQUETADO. 2. AMBITO DE APLICACION 2.1 DEBE SER APLICADO A TODAS LAS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS DEDICADAS A LA PRODUCCION, PROCESAMIENTO, ETIQUETADO, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y COMERCIALIZACION, DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS ORGANICOS CERTIFICADOS; ASI COMO LAS INSTANCIAS PUBLICAS O PRIVADAS QUE EJERZAN LAS LABORES DE REGISTRO, CONTROL Y/O CERTIFICACION DE ESTA PRODUCCION.
2022 13/06/2022 DIRECCION DE FITOZOOGENETICA Y RECURSOS NATIVOS CERTIFICADO DE REGISTRO DE OPERADOR ORGANICO CERTIFICADO DE REGISTRO DE OPERADOR ORGANICO, SEGUN REGLAMENTO TECNICO CENTROAMERICANO RTCA 67.06.74:16, PRODUCTOS AGROPECUARIOS ORGANICOS. REQUISITOS PARA LA PRODUCCION, EL PROCESAMIENTO, LA COMERCIALIZACION, LA CERTIFICACION Y EL ETIQUETADO. 2. AMBITO DE APLICACION 2.1 DEBE SER APLICADO A TODAS LAS PERSONAS NATURALES O JURIDICAS DEDICADAS A LA PRODUCCION, PROCESAMIENTO, ETIQUETADO, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE Y COMERCIALIZACION, DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS ORGANICOS CERTIFICADOS; ASI COMO LAS INSTANCIAS PUBLICAS O PRIVADAS QUE EJERZAN LAS LABORES DE REGISTRO, CONTROL Y/O CERTIFICACION DE ESTA PRODUCCION.